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03/11/2025 - 17:52
RIO GALLEGOS

Juicio Político contra Fernando Basanta: el veredicto será el 14 de noviembre

Así lo definieron los miembros de la Sala Juzgadora por mayoría. Basanta había pedido acelerar el veredicto.

Su defensor, el abogado y exjuez Alejandro Ruggero afirmó ante los diputados que el Juicio Político “es absolutamente nulo por improcedente” ya que no es la Cámara de Diputados la que debe decidir sobre el tema.

La Sala Juzgadora definió este lunes que el veredicto contra el vocal del Tribunal Superior de Justicia, Fernando Basanta, será el 14 de noviembre a las 15:00, luego de una votación tras dos cuartos intermedios. El propio acusado había pedido acelerar el veredicto para que se defina este mismo lunes o en 48 horas, sin embargo, los bloques de “Por Santa Cruz” y “Unión por la Patria”, acordaron una fecha intermedia.

El vocal del TSJ asumió su defensa a través del abogado Alejandro Ruggero, quien fuera juez del Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, en el marco del juicio político por supuesta irregularidad en su nombramiento ya que, según la Sala Acusadora, Basanta “tenía la obligación de rehusar la propuesta y abstenerse de asumir cargos“, ya que, según la acusación, no tendría la cantidad de años en ejercicio de la abogacía como estipula la ley.

En su exposición, Ruggero calificó el juicio político como nulo y sostuvo que no es ámbito para discutir ese tema, ya que el correspondiente, en todo caso, es la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Estuve estudiando mucho la acusación, el contenido, cómo está formada” dijo para empezar y añadió que, si bien podría hacer un discurso jurídico, se dio cuenta que lo más importante era “hacer entender por qué este juicio político es nulo, no tiene un objeto legal”.

Ante esto, argumentó: “Es absolutamente nulo por improcedente” ya que en el único punto de imputación, “es haber aceptado cargos públicos sin cumplir los requisitos legales y constitucionales, en particular el 127 de la Constitución”. También se detuvo en el punto dos de la acusación, derivado del anterior: “Si hay una designación ilegal, hay una aceptación y en consecuencia habría un delito, con el supuesto incumplimiento de la ley de Ética en la Función Pública”, con una “supuesta conducta negligente, incompatible con los principios de idoneidad y moralidad del ejercicio de la función que sinceramente no entiendo, no fue especificado, no sé de qué se trata”, indicó Ruggero.

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