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08/07/2026 - 15:36

El gobierno provincial quiere retener dinero que ya cobra desde 1995

Menos plata para los municipios que ya están en crisis

El reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia que volvió a habilitar las retenciones sobre la coparticipación municipal reabrió un fuerte debate sobre el financiamiento de la Caja de Previsión Social.

La discusión gira en torno a una pregunta concreta: ¿por qué la Provincia pretende retener nuevos recursos a los municipios si desde 1995 ya existe un mecanismo específico destinado al sostenimiento de la Caja?

Ese año, durante la gobernación de Néstor Kirchner, se sancionó la Ley Provincial 2401, que modificó la Ley de Coparticipación y estableció la detracción del 20% de la masa coparticipable para conformar un Fondo Especial destinado a garantizar el financiamiento de la Caja de Previsión Social.

Desde entonces, ese descuento forma parte del esquema de distribución de los recursos provinciales.

Sin embargo, tras el reciente fallo judicial, el Gobierno provincial quedó nuevamente habilitado para aplicar el artículo 22 de la Ley 1782, reteniendo fondos de la coparticipación de aquellos municipios a los que considera deudores por aportes y contribuciones previsionales.

Para numerosos municipios, esta situación genera una preocupación creciente. Entienden que, además del descuento previsto por la Ley 2401, ahora deberán afrontar nuevas retenciones sobre los mismos recursos coparticipables, lo que reducirá significativamente la disponibilidad de fondos para atender obligaciones esenciales.

La principal preocupación es el impacto financiero que esto puede provocar. Menos recursos disponibles significan mayores dificultades para afrontar el pago de salarios, garantizar servicios públicos, sostener obras y responder a las demandas cotidianas de los vecinos.

Además, varios intendentes sostienen que el mecanismo afecta la autonomía municipal, ya que permite que la Provincia disponga unilateralmente de recursos coparticipables antes de que los gobiernos locales puedan definir el destino de esos fondos.

Desde el Gobierno provincial sostienen una posición diferente. Afirman que el Fondo Especial creado por la Ley 2401 y las obligaciones previstas por la Ley 1782 responden a conceptos jurídicos distintos: el primero financia el sistema previsional en términos generales, mientras que el segundo obliga a cada municipio, en su carácter de empleador, a ingresar los aportes retenidos a sus trabajadores y las contribuciones patronales.

Con el fallo del Tribunal Superior, el debate quedó nuevamente instalado. Ya no se trata solamente del financiamiento de la Caja de Previsión Social, sino también del equilibrio entre las facultades de la Provincia para garantizar ese sistema y la autonomía financiera de los municipios para administrar sus propios recursos.

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